La Justicia ordenó obras urgentes en las instalaciones de ArZinc ante un posible derrumbe de la barranca
El juez Eugenio Romanini dispuso medidas contra AR ZINC S.A. a pedido de la Fiscalía de San Lorenzo, que advirtió sobre el riesgo ambiental existente en el predio de la firma en Fray Luis Beltrán. La resolución establece plazos para estabilizar la barranca, contener residuos tóxicos y presentar un plan de acción.
En una audiencia realizada el 25 de septiembre en los tribunales de San Lorenzo, el fiscal del distrito judicial San Lorenzo de la Fiscalía Regional 2, Maximiliano Nicosia, solicitó el cese del estado antijurídico atribuido a la empresa AR ZINC S.A. ante la situación ambiental registrada en el predio que la firma posee en Fray Luis Beltrán.
Durante la audiencia, la Fiscalía planteó la existencia de un riesgo de derrumbe de la barranca lindera al río Paraná y advirtió sobre las consecuencias que podría generar un eventual desplazamiento de los residuos acumulados en el lugar. Por ese motivo, solicitó que la empresa inicie obras de consolidación y resguardo de la barranca, además de adoptar medidas para impedir el ingreso de personas al predio y avanzar en la remediación del pasivo ambiental.
Según lo expuesto en la audiencia, en el lugar existe un pasivo ambiental estimado en unas 800.000 toneladas de residuos tóxicos derivados del procesamiento de metales pesados, entre ellos jarosita. La Fiscalía señaló que un eventual derrumbe podría provocar el contacto de esos materiales con las aguas del río Paraná y generar un impacto ambiental en la región. También mencionó el pronóstico de un fenómeno climático de El Niño para los próximos meses como un factor de riesgo adicional.
Ante esta situación, el juez Eugenio Romanini ordenó a AR ZINC S.A. iniciar de manera inmediata las gestiones y tareas técnicamente necesarias para estabilizar y apuntalar la barranca en el sector lindero al río Paraná. Además, dispuso medidas destinadas al tratamiento, contención y no dispersión de los residuos tóxicos existentes en el predio.
La resolución establece que la empresa deberá informar en un plazo de 10 días cuál será el plan de acción elegido para el tratamiento de los residuos, ya sea mediante su remoción o a través de un sistema de tratamiento y contención. En un plazo posterior de 15 días deberá presentar la documentación técnica, el equipo profesional responsable y un cronograma de ejecución, que no podrá extenderse por más de ocho meses. También deberá presentar informes quincenales sobre el avance de los trabajos, que serán supervisados por la Fiscalía Regional, la Fiscalía de Estado y el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.
El caso cuenta además con un antecedente judicial. Según se expuso, en 2022 el Juzgado Civil había ordenado la realización de obras de apuntalamiento de la barranca, en el marco de un expediente iniciado en 2020, pero esas medidas no habrían sido cumplidas por la empresa.
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